Son los gastos notariales, comisiones, gastos del otorgamiento de la carta de pago, de gestoría y de la escritura ante el Registro de la Propiedad, así como otros más que pueda haber en concepto de gestión, y se están dando diferencias entre los fallos, según los jueces apliquen solo la normativa de consumo o la relacionen con la tributaria.
Aunque es un asunto relativamente nuevo, los Juzgados parece que de nuevo vuelven a dar la razón al cliente hipotecado. Si bien, primero es preciso realizar una previa solicitud extrajudicial al banco, antes de inicial cualquier demanda judicial.
Consúltenos si quiere recuperar el importe de lo abonado.
Tel. 645 90 87 06
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