INFORMACIÓN DEMANDA JUDICIAL BANCO POPULAR
¿QUIÉN PUEDE RECLAMAR?
Pueden reclamar todos los inversores y consumidores que hayan invertido en acciones, tanto antes como después de la ampliación. La falsedad y ocultación de información es el argumento principal y ello deriva de incluso antes del año 2009.
¿QUÉ CANTIDAD SE PUEDE SOLICITAR?
Se tiene que hacer un estudio personalizado de cada caso, pero independientemente de la acción judicial que se interponga, el importe que se solicita es la cantidad invertida aminorando los dividendos (si se han cobrado). El hecho que se hayan comprado anteriormente acciones no afectaría en dicho procedimiento, dado que el motivo principal de las alegaciones es la falta de información por parte de la entidad.
¿QUIÉN TENDRÍA QUE INDEMNIZAR?
El demandado será Banco Santander S.A., ya que es quien ha asumido todos los activos y pasivos (y con ello por tanto todas las obligaciones) de la entidad Banco Popular S.A.
¿CUÁNDO PRESCRIBE EL PLAZO PARA RECLAMAR?
El plazo para reclamar varía en función de las acciones judiciales que se interpongan. No obstante, entiendo que serían en todo caso 4 años para una, y 5 años para otra, iniciándose el cómputo en fecha 7 de junio de 2017.
¿CUÁNDO SE PODRÍA RECUPERAR EL DINERO PERDIDO?
Las reclamaciones judiciales tienen un timing de más o menos 9-11 meses en primera instancia. En caso de acudir a segunda instancia (Audiencia Provincial), el plazo se alargaría año y medio más.
¿CUÁLES SON LAS POSIBILIDADES DE RECUPERAR MI DINERO DE LAS ACCIONES DEL POPULAR? ¿QUÉ POSIBILIDADES TENGO DE GANAR?
Tenemos el antecedente de Bankia, en el que sucedió algo, aunque no idéntico, parecido. En acciones de Popular, al ser un tema tan reciente, todavía estamos a la espera de que los juzgados emitan las primeras resoluciones, pero todo apunta de que los tribunales españoles velarán por los intereses de los consumidores y de sus ahorros, de los que han sido despojados indebidamente.
RIESGOS
El riesgo de interponer una demanda judicial está en las costas procesales, que pueden llegar a ser cuantiosas. Depende del partido judicial en el que se interponga la demanda, pueden variar.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA INTERPONER DEMANDA JUDICIAL
Para interponer demanda judicial, será necesaria la siguiente documentación:
- Orden de compra de las acciones (y extracto bancario, si es posible).
- Folleto de la emisión, si se dispone del mismo.
- Cualquier documento que acredite la compra de los títulos.
- Recibos o extracto de los dividendos obtenidos.
- Si se dispone de algún “Test de la Conveniencia o la Idoneidad” (Test MIFID), aunque sea de algún otro producto.
- Carta de reclamación (burofax) remitido a la entidad, junto con los recibos de correos.
- Otras cartas que se hayan recibido por parte de la entidad, respecto a la compra de BP por parte de Banco Santander, información sobre qué iba a suceder con las acciones…etc.
- Correos electrónicos con el banco, si existieren…
- Cualquier otro documento que crea que puede ser relevante.