El TS acaba de dictar Sentencia, en fecha 12 de diciembre de 2019, por la cual aclara y confirma que ES POSIBLE RECLAMAR EL IMPORTE DE LAS CLÁUSULAS SUELO EN HIPOTECAS VENCIDAS O CANCELADAS anticipadamente.

De esta forma, la amortización total anticipada del Contrato, NO extingue la acción de nulidad contractual, pudiendo aún interponer demanda reclamando lo pagado de más.

No dude en contactar con nosotros si es su caso particular.

Dejamos a continuación la NOTA publicada por el Gabinete Técnico de la Sala Civil del Tribunal Supremo.

Sentencia TJUE

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