ÚLTIMA OPORTUNIDAD PARA INTERPONER DEMANDA POR LOS LLAMADOS SWAPS de tipos de interés (o “Coberturas de tipos de interés»): nuestro equipo jurídico sigue interponiendo demandas por los llamados Contratos de SWAPS o Permuta Financiera de Tipos de Interés. El plazo de prescripción termina en 2020.

Si aún no ha interpuesto demanda judicial, aún está a tiempo de recuperar lo íntegro abonado por este abusivo contrato. Infórmese sin compromiso y evaluaremos su caso particular.

  1. ¿Qué es un SWAP?

Un SWAP es un producto derivado financiero que fue comercializado de forma masiva tanto a particulares como a empresas, por todas las entidades financieras, entre los años 2006-2008 en su mayoría, y que fue ofrecido a los clientes como un “seguro para los tipos de interés de la hipoteca” (o sobre leasings). Aunque también los comercializaron referenciados sobre el valor del IPC (inflación), sobre el valor de determinadas acciones bursátiles, e incluso sobre el valor del petróleo.

  1. ¿Qué puedo reclamar?

Se puede reclamar el importe íntegro pagado por el cliente, más los correspondientes intereses legales desde cada uno de los recibos o liquidaciones.

  1. ¿Hasta cuándo puedo reclamar?

Dependiendo de cuándo terminó de pagarse el SWAP, en principio hay 4 años desde la finalización del contrato (último recibo), o bien 15 años desde la firma (esta segunda vía como máximo hasta OCTUBRE DE 2020).

  1. ¿Pueden reclamar las empresas, o sólo los particulares?

SÍ. En estos momentos hay a veces una confusión entre los asuntos bancarios sobre Cláusulas Abusivas Hipotecarias (en las que una empresa no puede demandar por no ser consumidor), y los asuntos en los que se comercializaron productos financieros complejos, regulados por la Ley del Mercado de Valores (en este último caso, el que nos ocupa, es indiferente si es particular o empresa, pues en ambos casos se puede recuperar la inversión). 

  1. ¿Puedo reclamar si el Contrato ya ha vencido?

SÍ. Se puede aún interponer demanda por indemnización de daños y perjuicios.

 

Los SWAPS más habituales fueron los llamados “Swaps con barrera y compensación” de la antigua CAIXA CATALUNYA, así como los “Contratos de Cobertura sobre Hipoteca” de Caixa Galicia, si bien hemos tramitado demandas de TODAS las entidades financieras. En ambos supuestos, la fusión entre entidades no es impedimento para reclamar, siendo las nuevas entidades financieras quienes se harán cargo del pago. Puede incluso interponer demanda individual, si ha estado dentro de alguna de las demandas colectivas de ADICAE (en especial la de los Swaps de CAIXA GALICIA).

No dude en contactar con nosotros y exponernos su caso particular. Le informaremos de la viabilidad de la demanda y de los pasos a seguir. A diferencia de otras plataformas de abogados, le mantendremos informados en todo momento. El estudio del caso para conocer la viabilidad de la demanda es completamente gratuito.

Además, nos ajustamos en los precios de las demandas, dado que en la gran mayoría de supuestos se garantiza un éxito del 100%, dado que en las fechas en que se vendieron estos productos, ningún banco cumplió con la normativa establecida, hecho que garantiza el éxito del procedimiento.

Ahora es el momento de demandar, puesto que el plazo de prescripción terminaría en OCTUBRE DE 2020.

LEGAL & BANCARIO

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