Un juzgado de primera instancia madrileño ha declarado nulo un préstamo hipotecario concedido por la entidad alemana en 2008, y ha condenado a la misma a devolver el principal, los intereses, los gastos, las comisiones y demás importes cobrados a los clientes. El banco, que está valorando la sentencia, estudia un posible recurso.
Las hipotecas multidivisa son un tipo de préstamo de interés variable alternativo a los más habituales referenciados al euríbor. Su característica principal es que los intereses se referencian a una moneda que cotiza frente al euro y que, en teoría, tiene tipos de interés más bajos que la eurozona. Así, las que se han comercializado en España solían estar designadas o bien en yenes o bien en francos suizos, generalmente.
«Los riesgos de esta operación exceden, no obstante, de los préstamos hipotecarios a interés variable en euros, puesto que al riesgo de la variación del tipo de interés se añade el riesgo de fluctuación de la moneda, de manera que al apreciarse la divisa del yen los prestamistas deben abonar cuotas más elevadas y en muchos casos deben ahora una cantidad en euros mayor que cuando suscribieron el préstamo hipotecario, absolutamente desproporcionada respecto del valor del inmueble que financiaron», según sostiene el Tribunal Supremo en una sentencia del 3 de diciembre de 2015 sobre este tipo de productos, que cada vez son un mayor quebradero de cabeza para las entidades que las comercializaron.
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