El TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) ha dictado NUEVA SENTENCIA, en fecha 16 de julio de 2020, en la que se pronuncia sobre los GASTOS HIPOTECARIOS.

En todas las Hipotecas, las entidades financieras incluían una Cláusula en la cual cargaban al cliente absolutamente todos los gastos de la constitución de Hipoteca, ello cuando el principal interesado de formalizar la Hipoteca mediante escritura pública, era del BANCO.

De esta forma, los gastos que podremos reclamar, serán principalmente los de:

  • Registro de la Propiedad
  • Comisión de apertura
  • Notaría
  • Tasación

IMPORTANTE SOBRE EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN: 

Después de tumbar de forma escandalosa miles de reclamaciones, el TJUE manifiesta ahora que el INICIO DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN NO PUEDE QUEDAR EN UN MOMENTO EN EL CUAL SE HAGA IMPOSIBLE PARA EL CLIENTE HACER USO DE ACCIONES LEGALES PARA RECLAMAR.

Sino que el momento inicial DEBERÁ SER, EN TODO CASO, AQUÉL MOMENTO EN QUE EL CLIENTE SEA CONSCIENTE DE LA ABUSIVIDAD DE LA CLÁUSULA. 

Es momento de interponer reclamación extrajudicial a la entidad financiera, para hacer primer intento de devolución de dichos importes.

Link de la Sentencia:

SENTENCIA TJUE _ 16 JULIO 2020 _ GASTOS HIPOTECARIOS

 

Más información:

Tel. 645 90 87 06

93 705 03 26

E-mail Contacto Abogado: avallslegal@gmail.com

Banco Sabadell

 

 

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